
Hace poco comentaba con un amigo gallego una sentencia del Tribunal Superior de Justicia valenciano que repasa…
Proscribiendo automatismos
Hace poco comentaba con un amigo gallego una sentencia del Tribunal Superior de Justicia valenciano (la 1747/2021, recurso 731/2020, de 31/03/2021) que repasa, de manera elegante, cómo debe hacer las cosas la Agencia tributaria si quiere que la tomen en serio.
El asunto va de deducir un IVA. Y Hacienda dice no, pero no acabamos de alcanzar a saber por qué dice no. Por unas cosas o por otras, según en qué momento esté el procedimiento administrativo, pero no deja deducir. Pero no expresa el por qué. Y si no te gusta lo que te dijo pues te dice otras cosas, como en la leyenda urbana que se le atribuye a Groucho Marx, estos son mis principios, pero si no le gustan tengo otros. Y esto no puede ser así. Por razones de seguridad jurídica, o como dice la sentencia porque ir modificando los motivos de una regularización tributaria según lo que diga el obligado tributario “supone incurrir en incongruencia, en vulneración de los propios actos y en una reprobable indefensión para el contribuyente”.